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DUA: documentos de aduanas
El documento único administrativo acredita el despacho aduanero de una importación. Su particularidad está en quién es quién: el emisor es el agente de aduanas, no el proveedor extranjero, que figura aparte como exportador.
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Quién es quién en un DUA
| Papel | Quién es | Dónde se registra |
|---|---|---|
| Emisor | El agente de aduanas que tramita el despacho. | Como proveedor del documento |
| Receptor | La empresa importadora. | Como receptor |
| Exportador | El vendedor extranjero de la mercancía. | En campos propios: nombre, identificación y país |
Es el punto que más confusión genera: el proveedor del DUA es el agente de aduanas. El vendedor extranjero no ocupa el lugar del emisor, porque quien factura los trámites y los tributos es el agente. La factura de la mercancía es un documento distinto, emitido por ese vendedor.
Dónde se gestiona
El DUA figura en el menú como DUA (Aduanas) y utiliza la misma pantalla que los albaranes de compra, con el tipo DUA seleccionado. Su presencia en el menú depende de la configuración de la cuenta.
Campos aduaneros
Además de los datos habituales de cabecera, se extraen los propios del despacho:
| Campo | Contenido |
|---|---|
| MRN | Número de referencia del movimiento aduanero. |
| Fecha de admisión | Fecha en que la aduana admite la declaración. |
| Aduana | Oficina aduanera de despacho. |
| Régimen aduanero | Régimen bajo el que se despacha la mercancía. |
| Peso bruto | Peso declarado. |
| Número de bultos | Unidades de carga. |
| Divisa | Moneda de la operación. |
| Valor en aduana | Base sobre la que se liquidan los tributos. |
| TARIC | Código arancelario de la mercancía. |
| País de origen | Procedencia de la mercancía. |
| Agente de aduanas | Nombre e identificación fiscal. |
| Importador | Nombre e identificación fiscal. |
| Exportador | Nombre, identificación y país del vendedor extranjero. |
| Concepto impositivo | Naturaleza del tributo liquidado. |
Relación con la factura del proveedor
Una importación genera al menos dos documentos que deben cargarse por separado:
- La factura del proveedor extranjero, por la mercancía. Va al listado de facturas de compra.
- El DUA, por el despacho y los tributos. Va a su propio listado.
Habitualmente se suma un tercero: la factura del agente de aduanas por sus honorarios, y con frecuencia una cuarta por el transporte internacional.
Concepto impositivo
El DUA no responde a la estructura de una factura ordinaria: los importes corresponden a tributos liquidados en aduana —IVA a la importación y derechos arancelarios— sobre el valor en aduana, que no tiene por qué coincidir con el importe de la factura del proveedor.
Por eso el documento registra de forma expresa el valor en aduana y el concepto impositivo: son los datos que permiten cuadrar la liquidación.
Disponibilidad
El tipo DUA se habilita por cuenta. En cuentas sin él, estos documentos suelen tratarse como facturas de gasto, con la pérdida de los campos aduaneros específicos.