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Recargo de equivalencia
Un impuesto adicional al IVA que soportan los comerciantes minoristas acogidos a ese régimen especial. Aparece como una segunda cuota sobre la misma base, y si no se registra, el documento no cuadra.
Documento › pestaña General › bloque de impuestos › botón Aplicar recargo
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Qué es y a quién afecta
El recargo de equivalencia es un régimen especial del IVA para comerciantes minoristas: en lugar de liquidar el impuesto de sus ventas, lo pagan a sus proveedores como un recargo añadido a la factura de compra.
Consecuencia práctica: quien está en ese régimen recibe facturas con dos cuotas sobre la misma base —el IVA y el recargo—, y ambas deben quedar registradas.
Afecta al comprador, no al vendedor: es una condición del cliente que el proveedor refleja en su factura.
Cómo aparece en el documento
En el desglose de impuestos, junto a la línea del IVA, con su propio porcentaje y su propia cuota. En algunos formatos aparece rotulado como Rec. Eq., R.E. o recargo.
Los porcentajes van asociados al tipo de IVA correspondiente, de modo que un documento con dos tipos de IVA puede llevar dos recargos distintos.
Cómo se aplica
El sistema extrae el recargo cuando el documento lo desglosa con claridad. Cuando no lo hace, o cuando se ha leído sin él, la cabecera dispone del botón Aplicar recargo, descrito en la propia aplicación como «para minoristas en régimen especial: calcula automáticamente el recargo sobre el IVA».
Al aplicarlo, el sistema calcula el recargo que corresponde a la cuota de IVA existente y lo incorpora al documento.
El cálculo
| Concepto | Sobre qué se calcula |
|---|---|
| Cuota de IVA | La base imponible, al tipo que corresponda. |
| Cuota de recargo | La misma base imponible, al tipo de recargo asociado. |
| Total del documento | Base + IVA + recargo. |
El recargo no se calcula sobre la cuota de IVA, sino sobre la misma base que ella. Es un error de interpretación frecuente al comprobar importes a mano.
Qué comprobar
- Que el documento realmente lo lleve. No todos los proveedores lo aplican, y no todos los compradores están en el régimen.
- Que el porcentaje sea el que corresponde al tipo de IVA de esa línea.
- Que el total incluya las dos cuotas. Es donde se detecta que falta una.
- Que no se haya duplicado: si el documento ya lo traía desglosado y se aplica el cálculo encima, el importe se contaría dos veces.
Cuando el documento no cuadra por el recargo
Es una de las causas habituales del estado Revisar totales y del estado Revisar IVA: el documento suma una cuota que el sistema no ha recogido, de modo que base más impuestos no llega al total.
| Síntoma | Causa probable | Actuación |
|---|---|---|
| Falta una cantidad para llegar al total, y el proveedor es habitual de un minorista | El recargo no se ha extraído. | Aplicar el recargo desde la cabecera. |
| El total sobra respecto a base más impuestos | El recargo se ha contado dos veces. | Revisar el desglose y retirar el duplicado. |
| El recargo aparece pero con porcentaje raro | Se ha asociado a un tipo de IVA que no es el de esa línea. | Corregir el porcentaje en el desglose. |
| Error al aplicar recargo | El cálculo no se ha podido completar. | Comprobar que hay base y cuota de IVA válidas y reintentar. |
Si todos los documentos de un mismo proveedor llegan sin el recargo, no tiene sentido aplicarlo uno a uno indefinidamente: es un caso para revisar con soporte, que puede ajustar las reglas de extracción de ese emisor.